lunes, 21 de febrero de 2011

características de las distintas formas jurídicas

Hay diversas formas jurídicas a las que se pueden asociar una empresa como puede ser la sociedad anónima la sociedad limitada sociedad anónima laboral etc...pero aqui vamos a definir las mas generales las cuales son:
SOCIEDAD LIMITADA: Responsabilidad de los socios: se limita a la responsabilidad que ofrecen en proporción al dinero aportado.
Capital mínimo: alrededor de 3000 euros
SOCIEDAD ANÓNIMA: Responsabilidad de los socios: se limita a la responsabilidad que ofrecen en proporción al dinero aportado.
Capital mínimo: alrededor de 60000 euros
TRABAJADOR AUTÓNOMO: Responsabilidad patrimonial: Esta responsabilidad puede llegar a ser un problema porque el patrimonio personal y empresarial se mezclan.
Lo más recomendable en estos casos es formar parte de una sociedad, antes que ser un T.A.
Por otro lado, la S S. investiga mayormente a las personas físicas antes que a las personas jurídicas (sociedades).
En lo referente a la tributar, los trabajadores autónomos tributan en al I.R.P.F., y por el contrario, las sociedades tributan en el impuesto de sociedades.
como sabemos si voy a tener clientes?
Lo sabremos haciendo un estudio de mercado.
La pequeñas empresas no siempre se pueden permitir realizar un gran estudio de mercado (limitación económica). En este sentido lo harán en proporción al tamaño de la empresa, ya que al ser pequeña sólo se podrían permitir o conformar con opiniones, comentarios, experiencias, etc.
Otra forma de saber si voy a tener cliente es: la intuición, no es un método científico pero también nos vale

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